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AÑO 2007 |
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Boletín de noticias nº 6 |
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EDITORIAL
Por
Cerne
01.
La Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, en vigor desde el 19 de abril de 2.007.
La esperada entrada en vigor de la ley reguladora de la subcontratación debe incidir favorablemente en disminuir la lacra de accidentabilidad que sufre el sector. Siendo cierto que la tendencia es favorable, es inasumible para la sociedad los costes humanos y económicos derivados que se siguen produciendo año tras año.
Las obligaciones que establece la Ley en cuanto a requisitos de solvencia y calidad empresarial; requisitos de estabilidad en el empleo; registro por la Autoridad Laboral de las Empresas Acreditadas que actúan en el sector; limites en el régimen de subcontratación; control administrativo de cada empresa contratista a través del libro de subcontratación al cual tendrán acceso todos los agentes intervinientes en la obra, así como la obligación de informar convenientemente a los representantes de los trabajadores de estas subcontrataciones, establecerá sin duda una transparencia en el desarrollo de los trabajos y proporcionará unas garantías para los trabajadores de las empresas que están inmersas en cadenas de subcontratación, ya que son estas las que ostentan los mayores índices de siniestralidad.
Los requisitos de solvencia, calida empresarial y la estabilidad en el empleo antes mencionados dependerán de la reglamentación que se desarrolle, la cual establecerá el Registro de Empresas Acreditadas por la Autoridad Laboral. De la efectiva exigencia documental y cumplimiento real de la implantación de la prevención, así como de una organización preventiva adecuada de las empresas del sector, dependerá a nuestro juicio la eficacia de la Ley 32/2006.
Acreditar que se dispone de una organización preventiva adecuada no es siempre sinónimo en el sector de la construcción que se dispone de una implantación real de la planificación preventiva de la empresa en la obra y los sujetos intervinientes en ella.
Acreditar que disponen de recursos humanos, en su nivel directivo y productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, sigue sin ser novedoso. Esta ley si corta de raíz el problema de la indefinida subcontratación que se venia produciendo en el sector. Pero si el reglamento de desarrollo no establece de manera clara y exige esta implantación real de la prevención a todos los niveles de la empresa para poder acceder al registro, (sobre todo la mayoría de las empresas que intervienen en la subcontratación, empresas medianas y pequeñas del sector que no tienen obligación de concertar su organización preventiva con un servicio de prevención propio sino que están en manos de un servicio de prevención ajeno), mucho nos tememos que este certificado de acreditación será un formalismo documental conveniente, pero no resolutivo en cuanto a la adecuada formación especifica que los trabajadores deberían recibir antes incorporarse a las innumerables labores y condiciones de trabajo de una obra del sector.
NOTICIAS
Por Cerne
01.
Grupos de Empresas como Grupo Sando, Grupo Detinsa, Obrum, Rodio-Kronsa, Norauto, escogen a Cerne para auditar sus sistemas de prevención
Grandes empresas de diferentes sectores confían en Cerne para auditar su sistema de prevención. Cerne sigue siendo la entidad auditora con mayor prestigio del sector en la realización de auditorias a sectores de alto riesgo. Empresas del sector de construcción como Obrum, Rodio-Kronsa, Grupo Detinsa, Grupo Sando; y empresas del sector de instalaciones de gas como GR4 han confiado sus auditorías a nuestra firma. Además Cerne audita el sistema de prevención de empresas con actividades tan dispares como la que conforman Norauto, reconocida empresa de prestación de servicios al automóvil.
ESTADÍSTICAS DE SINIESTRALIDAD
Fuente: Subdirección General de Estadísticas Sociales y Laborales. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
01. Estadísticas de siniestralidad
Las estadísticas de siniestralidad de los diferentes sectores, en el avance de enero a abril del año 2007, muestran una tendencia poco esperanzadora sobre la evolución de la siniestralidad española. Comparativamente con los datos de los primeros meses del año pasado, este año se ha producido un ascenso de la siniestralidad.
Sin embargo los accidentes mortales muestran una tendencia al alza. Mientras en el periodo de enero abril del 2006 se produjeron 147 accidentes mortales en el mismo periodo de este año se han producido 156.
Por comunidades autónomas en todos los sectores, la Comunidad Autónoma de Andalucía encabeza con 30.366 el número de accidentes, seguido de Cataluña y Madrid.
En la siguiente dirección del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales puede encontrar el avance de las estadísticas de siniestralidad de los primeros meses del año 2007:
http://www.mtas.es/estadisticas/eat/eat07FebAv/index.htm
NORMATIVA Y NOTAS TÉCNICAS
Por Cerne
01.
El 26 de mayo de 2007 entro en vigor el Real Decreto sobre publicación de sanciones muy graves en materia de PRL.
Con un importante retraso, el pasado 26 de mayo entro en vigor la reglamentación que permitirá a la Administración Pública la publicación de los datos de las empresas y personas físicas que hayan cometido sanciones muy graves, a partir de su firmeza.
El procedimiento se iniciará de oficio por parte de la inspección de trabajo a través de las actas en las que se reflejará la petición de su publicación. Los datos aparecerán en el boletín oficial del estado o de la comunidad autónoma de acuerdo con el ámbito de competencia.
Además, los datos de la persona física o jurídica en cuestión pasarán a un registro publico que mantendrá la Administración Pública competente (comunidad autónoma). Estos datos se cancelarán a los cinco años desde su publicación.
La entrada en vigor afectará a los expedientes en curso siempre que no se hubiera formulado sanción. Con este reglamento se pone en funcionamiento una de las medidas coercitivas que mayor repercusión tendrá en las empresas puesto que las consecuencias de la publicación de las sanciones y posterior entrada en el registro generarán en el empresario una inquietud mayor que las sanciones económicas. |