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¿Porque tengo
que realizar la auditoría de mi sistema de prevención?
El Reglamento de los Servicios de Prevención en su Capítulo V
establece la obligación de someter el Sistema de prevención de las
empresas a una auditoría.
Es una herramienta de extrema utilidad que permite al empresario
conocer cual es el nivel de cumplimiento de la normativa y la eficacia
de su sistema de prevención.
¿Quién
debe realizar la auditoría del sistema de prevención?
En concreto es el art. 29 el que establece esta obligación para
aquellas empresas que tengan la obligación de constituir un servicio
de prevención propio o hayan asumido la gestión de las especialidades
que se recogen en el mencionado Reglamento.
¿Cuándo
debo realizarla?
Para el caso de la auditoría legal, el articulo 29.2 del
Reglamento de los Servicios de prevención establece que la auditoría
del sistema de prevención deberá repetirse cada cinco años o
cuando al Autoridad laboral así lo requiera.
Para el caso de la auditoría voluntaria o evaluación externa,
el empresario debería controlar su sistema de prevención al menos
una vez al año.
¿Con quien
debo realizarla?
La auditoría la tiene que realizar una entidad acreditada
por la Autoridad laboral.
El Reglamento de los Servicios de Prevención establece que las
entidades que pretendan realizar auditorías de sistemas de prevención
deberán acreditarse por la autoridad laboral del lugar donde residan
sus oficinas centrales.
Así mismo deberán acreditarse dichas entidades en un ámbito territorial
determinado y con carácter definitivo o provisional.
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Cerne auditores
de prevención esta acreditada por la Dirección de Trabajo
dependiente de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad
de Madrid, para la realización de auditorías de Sistemas de
prevención, en el ámbito nacional y con carácter definitivo,
conforme a la Orden Ministerial de 27 de junio de 1997 de
condiciones de acreditación de entidades auditoras de Sistemas
de prevención.
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