¿Porque tengo que realizar la auditoría de mi sistema de prevención?

El Reglamento de los Servicios de Prevención en su Capítulo V establece la obligación de someter el Sistema de prevención de las empresas a una auditoría.

Es una herramienta de extrema utilidad que permite al empresario conocer cual es el nivel de cumplimiento de la normativa y la eficacia de su sistema de prevención.

¿Quién debe realizar la auditoría del sistema de prevención?

En concreto es el art. 29 el que establece esta obligación para aquellas empresas que tengan la obligación de constituir un servicio de prevención propio o hayan asumido la gestión de las especialidades que se recogen en el mencionado Reglamento.

¿Cuándo debo realizarla?

Para el caso de la auditoría legal, el articulo 29.2 del Reglamento de los Servicios de prevención establece que la auditoría del sistema de prevención deberá repetirse cada cinco años o cuando al Autoridad laboral así lo requiera.

Para el caso de la auditoría voluntaria o evaluación externa, el empresario debería controlar su sistema de prevención al menos una vez al año.

¿Con quien debo realizarla?

La auditoría la tiene que realizar una entidad acreditada por la Autoridad laboral.

El Reglamento de los Servicios de Prevención establece que las entidades que pretendan realizar auditorías de sistemas de prevención deberán acreditarse por la autoridad laboral del lugar donde residan sus oficinas centrales.

Así mismo deberán acreditarse dichas entidades en un ámbito territorial determinado y con carácter definitivo o provisional.

Cerne auditores de prevención esta acreditada por la Dirección de Trabajo dependiente de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, para la realización de auditorías de Sistemas de prevención, en el ámbito nacional y con carácter definitivo, conforme a la Orden Ministerial de 27 de junio de 1997 de condiciones de acreditación de entidades auditoras de Sistemas de prevención.